En el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya de hoy 22 de octubre, ha salido publicada la Orden AAR/490/2010.
El objetivo fundamental de esta orden es mantener abierto permanentemente el plazo para realizar la comunicación previa de inversiones que se pueden acoger a las ayudas FEADER hasta el final del periodo de vigencia del actual Programa de Desarrollo Rural (30 de junio de 2013).
A efectos prácticos, con esta orden, se pueden programar a voluntad del empresario las inversiones que quiera realizar.
Hasta ahora, si se quería invertir y el plazo de solicitud de subvenciones estaba cerrado, el empresario tenía que esperar para poner en marcha la inversión, puesto que uno de los requisitos previos para poder acceder a la subvención era la existencia de un acta realizada por la Administración que indicase que las obras que se pensaban realizar no habían comenzado.
Con esta orden, se permite que si un empresario planifica una inversión y quiere solicitar una subvención del FEADER puede comunicarlo a los servicios técnicos del DAAR, y éstos realizarán la visita previa y levantarán el acta de no inicio de inversiones. Posteriormente, cuando se abra el plazo para solicitar la subvención se podrá realizar dicho trámite.
Para poder solicitar la visita previa, la orden indica como necesaria la siguiente documentación:
- Memoria descriptiva de las inversiones previstas.
- Presupuesto aproximado desglosado por partidas.
- Planos con la ubicación de la fecha de inicio de las inversiones.
- Tipo de ayuda al que tiene previsto acogerse.
En Aeconsa estamos para ayudarle y planificar conjuntamente la inversión. Igualmente nos encargamos de realizar tanto la propia solicitud como toda la documentación necesaria anexa. Consúltenos sin compromiso.
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